viernes, 1 de octubre de 2010

[aequus] Movimiento Pro Familia rechazó ley de homosexuales

 

Movimiento Pro Familia rechazó ley de homosexuales

HORA CERO.- Un movimiento de cristianos, evangélicos, y católicos que integran el Movimiento Pro Familia y Pro Valores hicieron público el jueves un duro pronunciamiento contra una ley promovida por la comunidad homosexual, para castigar con multas y arrestos los casos de discrimación contra los gays, lesbianas y trans. El movimiento, que tiene respaldo de las principales iglesias cristianas del país anunciaron su rechazo a la ley cincuenta que la Asociación de Hombres y Mujeres Nuevos de Panamá, presentó ante la Asamblea Nacional, como una iniciativa ciudadana.

La ley, cuya aprobación está congelada en la Asamblea Nacional, no será aprobada si no se logra un consenso advirtieron varios diputados del gobierno.

Declaración de Panamá

Por el compromiso que tenemos con Dios en este tema, los abajo firmantes, junto con todo el pueblo panameño, agradecemos su postura firme y decidida y DECLARAMOS PÚBLICAMENTE NUESTRO ROTUNDO RECHAZO al proyecto de Ley No. 50, número 206 en la agenda legislativa.

Como ha sucedido en Suecia y otros países europeos, en donde empezaron por aprobar leyes en base a la "Orientación sexual por identidad de género" y terminaron aprobando el matrimonio homosexual o las uniones civiles gay, sucederá en nuestro pacifico país.

Este proyecto de ley que propone multas de hasta 5 mil dólares y penas de cárcel de 6 meses a 1 año a ciudadanos de nuestro país, resulta una burla, tomando en cuenta lo que se le prometió al pueblo como Cambio.

Advertimos que esta ideología extranjera pretende penalizar con multa y cárcel a las personas heterosexuales e incluso, a los pastores y sacerdotes que predican en contra de cualquier naturaleza o clase de pecado, lo cual va contra el derecho de culto y la libertad de expresión, todo ello disfrazado de legislación pro derechos humanos.

La ciudadanía ha sido ilustrada lo suficiente como para que los Diputados de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa, entren a la discusión del proyecto o bien este sea archivado por improcedente.

Si entráramos a discutir la situación moral y ética conforme a la fe cristiana que reconoce y mandata la propia Constitución, razones sobrarían. No obstante, nuestras consideraciones son estrictamente jurídicas, objeciones que se basan en los siguientes puntos:

1.Nuestro país no reconoce en la Constitución de la República la existencia de 4 géneros adicionales como lo son Gay, Lesbiana, Bisexual y Transexual (GLBT) como lo propone la ideología extranjera en que está fundamentada el proyecto  conocida como "Orientación sexual por identidad de género" u "Orientación sexual en base a identidad de género"

2. Al aprobar la Asamblea el proyecto tal y como fue prohijado en la Comisión de Gobierno, sería el reconocimiento tácito del Estado panameño de la "Orientación sexual por identidad de género" y con ello la adición de 4 géneros más aparte de los que la propia Constitución declara que son solo hombre y mujer.

3.Esa restricción constitucional que reconoce la base primaria de la sociedad como lo es la familia y el matrimonio, es destacada en todo el ordenamiento legal panameño, incluyendo el Código de la Familia que en su artículo 26 define el matrimonio como "la unión voluntariamente concertada entre un hombre y una mujer con capacidad legal que se unen para ser y compartir una vida en común" y el artículo 34 de la misma excerta legal señala taxativamente la prohibición: "no pueden contraer matrimonio entre sí: 1. Las personas del mismo sexo…"

4.Si bien el proyecto no se trata de matrimonio, la propia organización AHMNP que promueve, no ha ocultado su interés en que el matrimonio gay es su objetivo final. No está demás señalarles que si lo aprueban, el acto es inconstitucional. Contraviene el artículo 19 de la Constitución Nacional que señala que "no habrá fueros y privilegios en razón de…. sexo". Observando que el legislador patrio jamás incluyó la "Orientación sexual por identidad de género" o reconoció 4 clases de sexos adicionales. Lo cual constituye no solo una aberración moral sino un engendro jurídico.

5.Aunado a ello desde los primeros años de Derecho se enseña cual es la forma de hacer las leyes, y se instruye sobre la pirámide de Kelsen. Una ley aprobada por el Órgano Legislativo, jamás puede contravenir la Constitución. De tal forma que la doctrina jurídica nos indica que cuando se hacen leyes se construye la nación sobre fundamentos firmes, se hacen leyes en base a fundamentos jurídicos como lo son la Constitución y/o instrumentos jurídicos supranacionales ratificados, nunca al revés.

6.Les recuerdo que Panamá no es signataria de ningún tratado o siquiera declaración que obligue al país a reconocer la "Orientación sexual por identidad de género" y con ello, aparte del legal y constitucional, varón y hembra, adicionar como genero al Gay, Lesbiana, Bisexual y Transexual (GLBT).

7.Es totalmente falso –como toda la conceptualización ideológica, legal y política en que está fundamentado el proyecto- que la República de Panamá va a ser sancionada por organismo alguno de Derechos Humanos por no aprobar el proyecto y es falso que en nuestro país no se está cumpliendo con los derechos humanos.

8.La República de Panamá cumple a cabalidad con su propio ordenamiento jurídico y con los tratados internacionales y en materia de derechos humanos, pues la propia ley obliga a legislar por el bien de la colectividad y no para los gustos personales sexuales de minorías. La ley panameña reconoce a todos sus ciudadanos sea hombre o mujer, como sujetos plenos de derechos y deberes. Para el estado panameño y sus leyes, los homosexuales son hombres y mujeres; sus gustos, preferencias u orientación sexual no inciden en la práctica ni en la interpretación de las leyes, pues la propia constitución prohíbe legislar así.

9.Los Tratados de Derechos Humanos como la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José), la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Convención sobre Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que forman parte de nuestro bloque de la constitucionalidad, al reconocer el "género", reconocen al hombre y la mujer, no otras categorías, y al reconocer el derecho a contraer matrimonio, también especifican que este derecho corresponde al hombre y la mujer solamente.

10.Los instrumentos citados sobre derechos humanos inmersos como parte de nuestro ordenamiento legal o nuestro propio Código Penal son suficientes para perseguir los delitos por discriminación, odio, racismo, o prejuicios de cualquier naturaleza o de diversas motivaciones.

11.Es así que, de necesitarse legislación al respecto a temas relativos a discriminación, considerando incluso insuficientes las penalizadas calumnia e injuria, acoso u otras del catalogo penal, con las cuales tienen todo el derecho los ciudadanos homosexuales a demandar la protección del estado y sus instituciones; y aún promoviendo una reforma en ese sentido al Código Penal, se entiende que no pueden ser aplicadas las normas penales al gusto o a la medida de un grupo en particular o a la solicitud de algunos pocos en razón de variables como sus sentimientos, inclinación o gusto sexual. Tiene que ser en base a delitos tipificados, y a las agravantes que correspondan.

12.Ninguno de nosotros estamos renuentes a la protección de los derechos de ciudadano alguno y apoyamos la persecución legal de verdaderas conductas punibles, pero lejos estamos de apoyar conductas que ante la propia sociedad resultan contra naturaleza, anti éticas e inmorales.

Si alguien o una minoría del conglomerado social piensa que se debe legislar conforme a su preferencia sexual o gustos personales, allí es el punto en donde nuestros diputados que fueron elegidos por nuestra mayoría ciudadana, deben decidir si lo que prometió este gobierno como Cambio, es legislar para destruir a la propia sociedad, y acabar con la familia y el matrimonio, al que por ley, están obligados a proteger y al que por ley, están obligados a legislar pro familia, pro valores.

Nosotros iglesias, asociaciones religiosas, organizaciones cívicas, fundaciones, ONGs, y ciudadanos en general, estamos comprometidos en el tema de proteger la institución básica de la sociedad: LA FAMILIA. ¿Y usted?

A todos aquellos que tienen problemas o se sienten incómodos con su homosexualidad y quieren por su propia voluntad entregarse a Jesucristo como su Señor y Salvador o simplemente escuchar lo que Dios puede hacer en la transformación espiritual de todo ser humano, sea hombre o mujer; nuestros pastores, sacerdotes, iglesias y organizaciones están preparados y disponibles para atenderlos.

REITERAMOS PÚBLICAMENTE NUESTRO ROTUNDO RECHAZO al proyecto de ley No. 50, No. 206 en la agenda legislativa. Dios ilumine a nuestros Diputados.
 
FUENTE: HORACERO
LINK: http://horacero.com.pa/index.php?option=com_content&view=article&id=28324:hora-cero&catid=24:panama&Itemid=111115


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